El Boletín Oficial de La Rioja publicó ayer la modificación de la Orden EDC/69/2022, de 24 de octubre por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de La Rioja.
Se modifican los artículos 17 y 34 de la Orden para dotar de herramientas a los docentes, en aras de garantizar la convivencia en los centros educativos, así como para atender la petición, por parte de los equipos directivos, de concreción en cuanto a la aplicación de algunas medidas correctoras.
El artículo 17 queda redactado del siguiente modo:
Artículo 17. Procedimientos de corrección inclusivos.
1. Los procedimientos de corrección deben ser inclusivos, buscando la recuperación y reeducación del alumnado y su integración en el grupo.
2. La expulsión del centro de los alumnos y alumnas será posible en los casos previstos en el artículo 124.2 de la LOE.
El artículo 34 queda redactado como sigue:
Artículo 34. Aplicación de medidas reeducativas.
Las medidas reeducativas irán orientadas a la inclusión de un alumno o alumna en el grupo, reforzando su motivación y sentido de pertenencia. Estas medidas deberán estar incluidas en el Documento de Normas del Centro.
La modificación de estos dos artículos es el paso previo a la redacción de un nuevo Decreto de Convivencia de cara al próximo curso. La Consejería de Educación ha creado un grupo de trabajo para elaborar una nueva normativa de convivencia, que será fruto del consenso de toda la comunidad educativa.
Normativa:
- Orden EDE/14/2023 (BOR 04/12/2023).
- Orden EDC/69/2022 (BOR 25/10/2022).
- Decreto 31/2022 (BOR 03/06/2022).
Amplía información:
- 04/12/2023. Nuevecuatrouno. La modificación de la Orden de Convivencia entra en vigor.
- 04/12/2023. Rioja2. Educación redactará un nuevo Decreto de Convivencia.