El XV Convenio de centros de atención a personas con discapacidad se publicaba en el BOE el pasado siete de julio.
Los artículos 94 a 99 se refieren específicamente a los centros especiales de empleo. De dichos artículos te extractamos lo más importante en el boletín digital adjunto.
Destacamos la jornada media semanal de 38 horas y media y la jornada máxima anual de que será de 1750, de 1740 y de 1720 horas en 2019, 2020 y 2021, respectivamente.
Y también el permiso retribuido de 20 días al año para asistir a tratamientos de rehabilitación médico-funcionales o para participar en acciones de orientación, formación y readaptación profesional. Y los días que excedan de esos veinte anteriores, se considerarán permisos no retribuidos.
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