220420 ART WEB PUBLICADO EN EL BOE EL REAL DECRETO QUE DETERMINA EL FIN DEL USO OBLIGATORIO DE LAS MASCARILLASTras el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, hoy se publica en el BOE el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
  El Real Decreto termina con el uso obligatorio de las mascarillas en interiores para mayores de seis años salvo en los siguientes casos:

  - Centros sanitarios para trabajadores, visitantes y pacientes, con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
  - Centros sociosanitarios para trabajadores y visitantes cuando estén en zonas compartidas.
  - En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

  La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:
  a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

  En cuanto a los centros escolares, tampoco será obligatorio el uso de la mascarilla en interiores, si bien en La Rioja, el consejero de Educación, Pedro Uruñuela, apela a la prudencia y aconseja utilizarla en aglomeraciones donde no se pueda asegurar la distancia interpersonal. En la mañana de hoy, la Consejería ha enviado  a los centros un documento de recomendaciones en materia del uso de mascarilla donde aclara las medidas higiénico-sanitarias que aún están vigentes en materia de prevención y de gestión de casos de la Covid19. Se recomienda un uso responsable en:
- Personas con síntomas respiratorios, si acuden al centro educativo.
- Población vulnerable o en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado a menos de 1.5 metros con personas con factores de vulnerabilidad.
- Siempre que exista una distancia interpersonal de menos 1.5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio.
- Espacios cerrados en los que las personas permanecen comiendo y/o bebiendo mientras no estén consumiendo, en los comedores escolares se mantendrá la distancia entre Grupos de convivencia estable y una ventilación adecuada.
- Eventos con gran afluencia de gente en espacios cerrados y/o mal ventilados.
- Según indicaciones del SPRL se recomienda que los trabajadores de centros educativos mantengan el uso de mascarillas.
  Asimismo, las empresas podrían dictaminar alguna disposición concreta en función de las prescripciones que su SPRL (Servicio de Prevención de Riesgos Laborales) determine en función del análisis de la situación concreta del centro (ratios, espacios, usos, sistemas de ventilación, incidencia, etc) o en caso de la realización de determinadas actividades en espacios cerrados y aglomeración de personas.

  En la actualidad, si una persona resulta positiva, debe seguir las siguientes pautas:
  - Extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales, especialmente con personas vulnerables y asistencia a eventos multitudinarios.
  - Utilizar de forma constante la mascarilla y mantener una adecuada higiene de manos los diez días posteriores al inicio de los síntomas.
  - Comunicarlo a las personas que las 48 horas previas hayan sido contactos estrechos.
  - En caso de presentar mala evolución (falta de aire, fiebre >38ºC más de tres días) u otros criterios de gravedad, ponerse en contacto con el 112.
  - Si es trabajador en contacto con personas vulnerables, comunicarlo en su centro de trabajo. No acudir los primeros cinco días desde el inicio de los síntomas, pudiendo volver siempre y cuando hayan transcurrido 24 horas sin síntomas y tenga un resultado en las pruebas diagnósticas negativo.

  Amplía información:
  - Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
  - 20/04/2022. El Mundo. Estos son los casos en los que tendrás que llevar mascarilla, según el BOE.
  - 20/04/2022. La Rioja. Educación recomienda a los trabajadores de los colegios seguir utilizando la mascarilla.

  Documentos relacionados:
  - 20/04/2022. Actualización del uso de mascarillas en el alumnado de centros escolares de la Rioja (PDF).
  - 06/04/2022. Medidas Centros educativos COVID (PDF).

 

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